La semana pasada recibí un video que, a primera vista, parecía una broma del Día de los Inocentes. En este video se presenta un curioso escenario: un podcast en el que los participantes, recreados por inteligencia artificial, descubren que no son reales, que son únicamente inteligencia artificial. Ante esta revelación, se preguntan si podrían contratar un abogado para evitarlo. Esto plantea una pregunta interesante: ¿puede una inteligencia artificial contratar un abogado?
Antes de entrar en materia, es importante mencionar algo sobre el video que ayudará a esclarecer un poco lo que sigue. No lo terminé de ver porque era demasiado extenso y, por cuestiones de tiempo, tuve que priorizar. Sin embargo, en una parte, el narrador menciona que intentó llamar a su esposa y el número resultó ser inexistente. Esto lleva a cuestionar: ¿podría la inteligencia artificial llegar a realizar acciones como marcar un teléfono o, más aún, contratar un abogado?
Otro elemento que refuerza la idea de que el video es ficticio es el uso de un argumento que remite a la película Blade Runner (1982). En esta película, los humanos artificiales carecen de recuerdos propios hasta que se crea uno que sí los tiene, aunque estos recuerdos han sido implantados. Algo similar ocurre con los locutores del podcast, quienes comienzan a sospechar que sus recuerdos también son falsos.
En TikTok, el investigador Nate B. Jones, especializado en inteligencia artificial, sostiene que en un futuro cercano la inteligencia artificial podría constituirse como persona jurídica (corporación). Esto significaría que podría adquirir los derechos propios de una persona jurídica, aunque no los de una persona natural o física, como se le denomina en México.
Según diversos precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las personas jurídicas (también llamadas morales) son titulares de derechos humanos. Un ejemplo relevante es la tesis titulada: “PERSONAS MORALES. SON TITULARES DE DERECHOS HUMANOS CONFORME A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y, POR TANTO, OPERA EN SU FAVOR LA SUPLENCIA DE LA DEFICIENCIA DE LA QUEJA EN EL JUICIO DE AMPARO.”
Certeris paribus, como dirían los economistas, si la actual Corte mantuviera este criterio, sería necesario un cambio para alinearse con la distinción que hace el Common Law. Esto evitaría que una inteligencia artificial pudiera, en casos como el planteado en el podcast, contratar a un abogado para evitar su desconexión. Tal cambio sería especialmente relevante si llegáramos al punto de equiparar la existencia de una inteligencia artificial con el derecho a la vida.